Se informa que todos los propietarios de las unidades funcionales del consorcio deberán presentarse en administración para registrar su firma y completar la información necesaria en los libros de registros de propietarios y registros de firmas (libros obligatorios). Cada propietario deberá acreditar que es titular del dominio.
Una vez recibida esta notificación es responsabilidad de cada propietario cumplir esta formalidad. Por lo tanto es importante que responda la recepción de este aviso.
Atte.
Labriola Daniel.
Administrador (Mat 215 RPAC)
En las Asambleas Ordinarias, que son las que se celebran con periodicidad, está fijado en el reglamento el plazo para tratar temas que hacen al funcionamiento normal y habitual del consorcio, como la rendición de cuentas del administrador, la aprobación del presupuesto de gastos para el próximo ejercicio, la renovación del consejo de administración, etc. Las asambleas extraordinarias, en cambio, están destinadas a solucionar asuntos de interés común que surjan en cada caso...
El consejo de propietarios es el órgano consorcial encargado de control del administrador, sirviendo como nexo entre este y el resto de los propietarios...
Los trabajadores de propiedad horizontal reconocen como las únicas entidades representativas de la actividad de Propiedad horizontal a la Federación Argentina de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (FATERyH)...
PLANILLAS SALARIALES